Mostrar una reunión

Registrar una reunión pública
  • Descripción del servicio

    • Si desea organizar una asamblea, debe notificarlo a la autoridad competente al menos 48 horas antes de que se anuncie el acto.
    • Una vez que su notificación haya sido recibida por la autoridad competente, será remitida a la autoridad reguladora local responsable del lugar de la reunión, a la policía y, si es necesario, a otras autoridades implicadas. Estas autoridades implicadas podrán entonces pronunciarse sobre su reunión prevista.
    • Si la naturaleza y el alcance de la reunión lo requieren, se mantendrán previamente conversaciones de cooperación con las autoridades implicadas (policía, oficinas de orden público) sobre la organización y el desarrollo de la reunión.
  • Base jurídica

  • ¿Qué más debo saber?

    • La autoridad competente podrá, tras mantener conversaciones de cooperación con otras autoridades implicadas, imponer una restricción a la reunión o dictar una prohibición de reunión si ésta puede suponer una amenaza para la seguridad o el orden públicos que justifique estas medidas.
    • Debe emitirse una decisión al respecto, que puede impugnarse ante el tribunal administrativo.
  • Mecanografía

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  • Estado de entrada en la biblioteca

    5

¿Con quién debo ponerme en contacto?

La autoridad reguladora general responsable del lugar de reunión, en los municipios de menos de 7.500 habitantes la autoridad reguladora de distrito.

Departamentos responsables

Empleados responsables