Dar de baja una empresa
Descripción del servicio
Si cesa la actividad de su negocio, deberá darlo de baja.
Si modifica la forma jurídica de su empresa, también deberá darla de baja. En primer lugar, deberá dar de baja su empresa con la forma jurídica anterior. A continuación, deberá volver a dar de alta su actividad bajo la nueva forma jurídica.
Si traslada la sede principal de su empresa, una sucursal o una delegación dependiente de su empresa a una nueva ubicación, sin que se produzca ningún cambio en la competencia municipal, bastará con realizar un cambio de domicilio de la actividad.
La baja debe ser tramitada por las siguientes personas o por sus representantes autorizados:- en el caso de las empresas unipersonales: por parte del propio empresario o empresaria
- en el caso de las personas jurídicas: por parte de los representantes legales; esto se aplica, por ejemplo, a las sociedades de responsabilidad limitada (GmbH) y a las sociedades anónimas (AG)
- En el caso de las sociedades personales: de todos los socios con facultad de gestión: esto se aplica, por ejemplo, a la sociedad colectiva (OHG), la sociedad comanditaria por acciones (KG), la sociedad civil (GbR), la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad comanditaria (GmbH & Co. KG)
En caso de traslado de la sede de su empresa:
- Si traslada la sede de su empresa a otro municipio, deberá dar de alta la actividad en la nueva ubicación. La baja de la antigua ubicación se realizará automáticamente.
- Si cambia la sede de su empresa dentro de un mismo municipio, basta con presentar una notificación de cambio de domicilio social.
Oficina responsable
La oficina comercial o la administración municipal o de la ciudad donde se encuentre la sede de la empresa.
Requisitos previos
- liquidación o
- Cambiar la forma jurídica de su empresa
¿Qué documentos son necesarios?
- Formulario de baja de actividad comercial debidamente cumplimentado (GewA 3)
- Prueba de identidad, por ejemplo:
- Copia del documento de identidad
- Copia del pasaporte
- Certificado de registro
- Copia del extracto del Registro Mercantil, si su empresa está inscrita en dicho registro
- en el caso de las cooperativas: extracto del registro de cooperativas
- En el caso de las asociaciones: extracto del registro de asociaciones
- Suplemento representantes autorizados
¿Qué tasas se cobran?
Tasa: 28,00Pago por adelantado: Nohttps://www.rv.hessenrecht.hessen.de/bshe/document/jlr-MWVLVwKostOHE2013V27Anlage-2De conformidad con el apartado 2131Tasa: 8,00Pago por adelantado: Nohttps://www.rv.hessenrecht.hessen.de/bshe/document/jlr-MWVLVwKostOHE2013V27Anlage-2de conformidad con el apartado 2132¿Qué plazos debo respetar?
Deberá dar de baja su actividad empresarial en el momento de la liquidación de la empresa o del cambio de forma jurídica.
Tiempo de procesamiento
Si todos los datos y documentos están completos, recibirá su confirmación de baja.
- Si acude en persona: de inmediato
- en caso de baja por escrito o en línea: en un plazo de 3 días
Base jurídica
¿Qué más debo saber?
Si queda claramente constatado el cese de la actividad y usted no da de baja su negocio, la autoridad competente se encargará de realizar la baja.
Organismo emisor
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