Tarjeta europea de armas de fuego
Descripción del servicio
Si está autorizado a poseer armas o municiones de las categorías A 1.2 a C y desea llevarlas consigo a Estados miembros de la Unión Europea o Estados parte del Convenio de Schengen, necesita una tarjeta europea de armas de fuego.
Portar significa que tiene el arma o la munición con usted temporalmente cuando viaja sin renunciar a su posesión para utilizarla al otro lado de la frontera.
Puede tener varias armas (hasta diez) inscritas en la tarjeta europea de armas de fuego. La necesidad de otros documentos o autorizaciones además de la tarjeta europea de armas de fuego dependerá de la normativa sobre armas del país al que desee llevar las armas o municiones.
Por lo tanto, además del permiso europeo de armas de fuego, necesitará lo siguiente para su viaje
- Sus tarjetas alemanas de propiedad de armas, en las que están registradas sus armas,
- prueba del motivo de su viaje,
- Su documento de identidad o pasaporte,
- documentos exigidos según la normativa del país visitado.
Procedimiento
Puede obtener la tarjeta europea de armas de fuego de la siguiente manera:
- Se le solicita la siguiente información:
- sobre su persona: nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia, dirección, en el caso de empresas también número de teléfono o fax, número, fecha de expedición y autoridad emisora del pasaporte o documento de identidad,
- para las armas de fuego Número y tipo, categoría o marca registrada del fabricante, designación del modelo, calibre, número de fabricación, marca de prueba CIP si procede,
- para otras armas: Número y tipo de armas,
- para la munición: número y tipo, categoría según la Directiva 93/15/CEE, razón social del fabricante o marca registrada, calibre y marca de ensayo de munición CIP, si procede,
- se le expedirá o enviará la tarjeta europea de armas de fuego.
- Se le solicita la siguiente información:
Requisitos previos
Se le puede expedir una tarjeta europea de armas de fuego si
- está autorizado en virtud de la Ley de Armas a poseer armas de fuego o munición de las categorías A 1.2 a C y desea llevar estas armas de fuego o munición consigo a otro Estado miembro.
¿Qué documentos son necesarios?
- Copia de su documento de identidad o pasaporte,
- Fotografía reciente de al menos 45 milímetros por 35 milímetros en formato vertical sin borde; el rostro debe tener un tamaño mínimo de 20 milímetros; el fondo debe ser más claro que el rostro,
- Información sobre armas y munición,
- representación: autorización por escrito.
¿Qué tasas se cobran?
Tasa administrativa: 58 euros más un recargo de al menos 22 euros si se va a realizar una comprobación de antecedentes y aptitudes.
¿Qué plazos debo respetar?
Periodo de validez: generalmente 5 años;
para cazadores y tiradores deportivos, siempre que sólo se registren armas largas de un solo disparo con cañones lisos o de ánima lisa: 10 años;
ambas variantes pueden prorrogarse dos veces por 5 años cada una.Base jurídica
Solicitudes / Formularios
Solicitud de expedición, renovación, rectificación o modificación de la tarjeta europea de armas de fuego
Texto breve
- Emisión de la tarjeta europea de armas de fuego
- documento destinado al tráfico transfronterizo entre Estados miembros de la UE o Estados parte del Convenio de Schengen
- sirve como prueba de la autorización nacional del titular para poseer armas
- autoriza el porte de armas o municiones registradas si el otro Estado ha dado su consentimiento previo
- se expide previa solicitud
- generalmente válida hasta 5 años (puede prorrogarse dos veces)
- Tasa administrativa: 58 euros más un recargo de al menos 22 euros si se va a realizar una comprobación de antecedentes y aptitudes.
- responsable: Condado o ciudad independiente
Mecanografía
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