Tarjeta europea de armas de fuego

  • Descripción del servicio

    Si está autorizado a poseer armas o municiones de las categorías A 1.2 a C y desea llevarlas consigo a Estados miembros de la Unión Europea o Estados parte del Convenio de Schengen, necesita una tarjeta europea de armas de fuego.

    Portar significa que tiene el arma o la munición con usted temporalmente cuando viaja sin renunciar a su posesión para utilizarla al otro lado de la frontera.

    Puede tener varias armas (hasta diez) inscritas en la tarjeta europea de armas de fuego. La necesidad de otros documentos o autorizaciones además de la tarjeta europea de armas de fuego dependerá de la normativa sobre armas del país al que desee llevar las armas o municiones.

    Por lo tanto, además del permiso europeo de armas de fuego, necesitará lo siguiente para su viaje

    • Sus tarjetas alemanas de propiedad de armas, en las que están registradas sus armas,
    • prueba del motivo de su viaje,
    • Su documento de identidad o pasaporte,
    • documentos exigidos según la normativa del país visitado.
  • Procedimiento

    Puede obtener la tarjeta europea de armas de fuego de la siguiente manera:

    • Se le solicita la siguiente información:
      • sobre su persona: nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia, dirección, en el caso de empresas también número de teléfono o fax, número, fecha de expedición y autoridad emisora del pasaporte o documento de identidad,
      • para las armas de fuego Número y tipo, categoría o marca registrada del fabricante, designación del modelo, calibre, número de fabricación, marca de prueba CIP si procede,
      • para otras armas: Número y tipo de armas,
      • para la munición: número y tipo, categoría según la Directiva 93/15/CEE, razón social del fabricante o marca registrada, calibre y marca de ensayo de munición CIP, si procede,
      • se le expedirá o enviará la tarjeta europea de armas de fuego.
  • Requisitos previos

    Se le puede expedir una tarjeta europea de armas de fuego si

    • está autorizado en virtud de la Ley de Armas a poseer armas de fuego o munición de las categorías A 1.2 a C y desea llevar estas armas de fuego o munición consigo a otro Estado miembro.
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Copia de su documento de identidad o pasaporte,
    • Fotografía reciente de al menos 45 milímetros por 35 milímetros en formato vertical sin borde; el rostro debe tener un tamaño mínimo de 20 milímetros; el fondo debe ser más claro que el rostro,
    • Información sobre armas y munición,
    • representación: autorización por escrito.
  • ¿Qué tasas se cobran?

    Tasa administrativa: 58 euros más un recargo de al menos 22 euros si se va a realizar una comprobación de antecedentes y aptitudes.

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    Periodo de validez: generalmente 5 años;
    para cazadores y tiradores deportivos, siempre que sólo se registren armas largas de un solo disparo con cañones lisos o de ánima lisa: 10 años;
    ambas variantes pueden prorrogarse dos veces por 5 años cada una.

  • Base jurídica

  • Solicitudes / Formularios

    Solicitud de expedición, renovación, rectificación o modificación de la tarjeta europea de armas de fuego


¿Con quién debo ponerme en contacto?

La tarjeta europea de armas de fuego la expide la autoridad de armas de fuego de la administración de su distrito o de la administración de su ciudad sin distrito. Allí también podrá obtener información sobre los documentos y formularios que debe llevar consigo.

Departamentos responsables