Ampliar su permiso de conducir a la categoría L
Descripción del servicio
Puede ampliar su permiso de conducir para incluir la categoría L.
El permiso de conducir de categoría L es el permiso para conducir tractores ''pequeños''. Le permite realizar trabajos agrícolas o forestales a partir de los 16 años, pero sólo a una velocidad máxima de 40 km/h y a una velocidad máxima de 25 km/h con remolque.
Procedimiento
Deberá presentar una solicitud de ampliación de su permiso de conducir a la categoría L a la autoridad competente en materia de permisos de conducir.
Oficina responsable
La responsabilidad recae en la autoridad competente en materia de permisos de conducción.
Requisitos previos
- Debe estar en posesión del permiso de conducir
- Debe tener su residencia principal en la República Federal de Alemania
- Debe haber cumplido la edad mínima de 16 años (art. 10 de la Ordenanza sobre el permiso de conducir).
¿Qué documentos son necesarios?
- Designación de una autoescuela
- Documento de identidad o pasaporte (incluido el certificado de registro si procede)
- permiso de conducir en vigor
- una fotografía biométrica actual, de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza sobre Pasaportes (35 x 45 mm, formato vertical, fotografía frontal); encontrará información y ejemplos en la tabla de muestras fotográficas de la Bundesdruckerei (Imprenta Federal)
- Prueba de participación en un curso de formación en primeros auxilios
- Prueba de la vista según el anexo 6 nº 1.1 de la FeV (no más de 2 años)
¿Qué tasas se cobran?
La autoridad competente en materia de permisos de conducción cobra tasas de acuerdo con el baremo de tasas para las medidas de tráfico.
¿Qué plazos debo respetar?
El examen práctico debe realizarse en los doce meses siguientes a la superación del examen teórico. De lo contrario, el examen teórico pierde su validez.
Tiempo de procesamiento
- en función de la capacidad de utilización de la autoridad competente en materia de permisos de conducción.
Base jurídica
- § Artículo 15 (3) y (4) de la Ordenanza sobre el permiso de conducir (FeV)
- § 21 Ordenanza sobre el permiso de conducción (FeV)
- § 25 Ordenanza sobre el permiso de conducción (FeV)
- § Artículo 2 (2) frases 3 y 4 de la Ley de Tráfico por Carretera (StVG)
- Reglamento de tasas por medidas de tráfico vial (GebOSt)
Recurso legal
- Recurso (encontrará más información sobre cómo presentar un recurso en su notificación respectiva)
- Recurso ante el tribunal administrativo
Solicitudes / Formularios
- Formularios disponibles: Sí
- Forma escrita requerida: Sí
- Posibilidad de solicitud informal: No
- Se requiere comparecencia personal: Sí
- Servicios en línea disponibles: No
¿Qué más debo saber?
Observaciones
Para obtener un permiso de conducir de la categoría L sólo es necesario realizar un examen teórico, artículo 15 (2) de la Ordenanza sobre Permisos de Conducir.
Texto breve
- Ampliación del permiso de conducir a la categoría L
- Los siguientes vehículos pueden conducirse con un permiso de conducción de categoría L:
- tractores agrícolas o forestales con una velocidad máxima por construcción no superior a 40 km/h y
- combinaciones de estos vehículos y remolques si se conducen a una velocidad máxima de 25 km/h y
- maquinaria autopropulsada, mezcladoras de pienso, carretillas elevadoras y otras carretillas industriales con una velocidad máxima de diseño de 25 km/h, y
- Combinaciones de estos vehículos y remolques
- La autoridad competente en materia de permisos de conducción (normalmente la del lugar de residencia) es responsable
Mecanografía
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