Solicitar un permiso de residencia para participar en el Servicio Voluntario Europeo
Descripción del servicio
Como participante en el Servicio Voluntario Europeo, se le expedirá un permiso de residencia por la duración de su servicio voluntario, pero por un máximo de un año.
El acuerdo celebrado entre usted y la organización de acogida debe contener los detalles esenciales (descripción del puesto, duración, horario, condiciones de trabajo, supervisión, remuneración y, si procede, medidas de formación).
Si aún no ha cumplido los 18 años, también necesitará el consentimiento de su tutor legal.
No está permitido buscar un empleo adicional mientras se participa en el servicio voluntario.
Procedimiento
- Averigüe si su autoridad de extranjería le permite presentar la solicitud en línea o si dispone de un formulario de solicitud especial.
- Si la solicitud sólo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Registro de Extranjeros. Si presenta la solicitud por internet, la Oficina de Registro de Extranjeros se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
- Durante la cita, se comprobará su identidad y sus documentos (traiga sus documentos a la cita, preferiblemente en original).
- Si se aprueba su solicitud, se tomarán sus huellas dactilares para elaborar un permiso de residencia electrónico (tarjeta eAT). La autoridad de extranjería encargará a la Bundesdruckerei la elaboración del carné eAT. Una vez terminado, recibirá información y podrá recoger el permiso de residencia en la oficina correspondiente. La tarjeta eAT debe recogerse siempre en persona.
- Si su solicitud es rechazada, recibirá un aviso de rechazo.
Oficina responsable
La autoridad de extranjería responsable del lugar de residencia del solicitante es la encargada de tramitar la solicitud
Requisitos previos
- Dispone de un documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, pasaporte o documento sustitutivo del pasaporte) y, si le fue exigido para entrar en Alemania, de un visado adecuado.
- Ha firmado un acuerdo formal con una organización acreditada para llevar a cabo el servicio voluntario.
- No existen motivos legales de denegación (por ejemplo, usted no debe ser una persona que goce de protección internacional en Alemania, que haya solicitado la concesión de protección internacional, cuya deportación haya sido suspendida temporalmente o a la que se haya concedido protección temporal; tampoco la institución que le acoja debe haber sido creada con el único fin de facilitar la entrada y residencia de extranjeros).
- Dispone de una cobertura sanitaria adecuada.
- No hay ningún interés en deportarle.
- Su estancia no compromete ni perjudica los intereses de la República Federal de Alemania.
¿Qué documentos son necesarios?
- Documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, pasaporte o documento sustitutivo del pasaporte)
- Visado, si fuera necesario para la entrada
- Fotografía biométrica actual en formato pasaporte (45 x 35 mm)
- Acuerdo con la organización de acogida sobre la puesta en marcha del Servicio Voluntario Europeo con una descripción del puesto de trabajo y detalles sobre la duración del servicio voluntario, el horario, las condiciones de trabajo, la supervisión, la remuneración y las medidas de formación incluidas.
- Justificante de cobertura del seguro de enfermedad
- Antes de los 18 años: consentimiento de la persona con autoridad parental
- En casos concretos, la autoridad de inmigración puede exigir menos pruebas o más.
¿Qué tasas se cobran?
¿Qué plazos debo respetar?
Duración: de 6 a 8 semanas
Nota: La solicitud debe ser recibida por la Oficina de Registro de Extranjeros al menos 8 semanas antes de la expiración de su visado válido o antes del inicio de su servicio voluntario.
Periodo de validez: 1 año como máximo
Nota: El permiso de residencia se expide por un máximo de 1 año.
Tiempo de procesamiento
Duración: De 6 a 8 semanas
Nota: La expedición del permiso de residencia electrónico por la Bundesdruckerei tarda entre 4 y 6 semanas.
Base jurídica
- § Artículo 19e Ley de Residencia (AufenthG)
- § Artículo 14(1)(1) de la Ordenanza de Empleo (BeschV)
- Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países a efectos de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos, proyectos educativos y colocación au pair.
Recurso legal
- Recurso contra la decisión de la autoridad de inmigración
- Acción ante el tribunal mencionado en la notificación de objeción si la objeción no es estimada.
Solicitudes / Formularios
Formularios disponibles: Sí
Forma escrita requerida: Sí
Posibilidad de solicitud informal: No
Se requiere comparecencia personal: Sí
Texto breve
- Permiso de residencia con fines de empleo remunerado Expedido para participar en el Servicio Voluntario Europeo
- Los nacionales de terceros países pueden obtener un permiso de residencia temporal para participar en un proyecto benéfico en Alemania.
- A los participantes en el Servicio Voluntario Europeo (SVE) se les concede un permiso de residencia mientras dure su servicio voluntario, pero por un máximo de un año.
- No se permite el empleo adicional junto con la participación en el servicio voluntario.
- Responsable: la autoridad de extranjería responsable del lugar de residencia del solicitante
Mecanografía
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