Registro de residencia para patrones de navegación interior y marinos

  • Descripción del servicio

    Si se traslada a una embarcación de navegación interior inscrita en un registro de navegación nacional, deberá registrarse.

    Si viaja en un buque de navegación marítima autorizado a enarbolar pabellón alemán, el armador se encargará de registrarle. Para ello, deberá facilitar al armador la información necesaria.

    La obligación de empadronamiento no se aplica en ninguno de los dos casos si usted está empadronado en Alemania.

  • Oficina responsable

    Para los patrones de navegación interior, la autoridad de registro del municipio o ciudad en la que se encuentre el puerto base del barco. Otras autoridades de registro o la policía fluvial pueden aceptar su registro, que será remitido a la autoridad de registro del puerto de origen.

    Para los marinos, la oficina de registro en el domicilio social del armador.

  • Requisitos previos

    La embarcación de navegación interior debe estar inscrita en un registro marítimo nacional.

    El buque marítimo debe estar autorizado a enarbolar el pabellón federal.

  • ¿Qué documentos son necesarios?

    Confirmación del propietario

  • ¿Qué tasas se cobran?

    No hay tasas.

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    Debe inscribirse en la oficina de empadronamiento en las dos semanas siguientes a su mudanza.

  • Base jurídica

  • Solicitudes / Formularios

    Algunas autoridades de registro ofrecen los documentos correspondientes en Internet.

  • ¿Qué más debo saber?

    Para las embarcaciones de navegación interior, se aplican los reglamentos sobre la obligación general de notificación.

  • Observaciones

    Para las embarcaciones de navegación interior, se aplican los reglamentos sobre la obligación general de notificación.


¿Con quién debo ponerme en contacto?

Para los patrones de navegación interior, la autoridad de registro del municipio o ciudad en la que se encuentre el puerto base del barco. Otras autoridades de registro o la policía fluvial pueden aceptar su registro, que será remitido a la autoridad de registro del puerto de origen.

Para los marinos, la oficina de registro en el domicilio social del armador.

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