Solicitud de permiso de trabajo para personas con permiso de residencia
Descripción del servicio
Si se encuentra en un procedimiento de asilo en curso, el empleo sólo está permitido si así se indica expresamente en su permiso de residencia. Por lo tanto, si desea trabajar, deberá solicitar un permiso de trabajo en la Oficina de Registro de Extranjeros. Esto también se aplica a la formación profesional o a las prácticas.
Si se le ha autorizado a permanecer en Alemania como solicitante de asilo durante tres meses, ya no está obligado a vivir en un centro de acogida inicial para solicitantes de asilo y ya ha encontrado un empleador que quiera contratarle, es posible que se le permita trabajar. Para tramitar su solicitud, la autoridad de extranjería suele recurrir a la Agencia Federal de Empleo, que comprobará las condiciones de trabajo. Después de más de cuatro años de residencia ininterrumpida en Alemania, ya no es necesario que intervenga la Agencia Federal de Empleo y se le permite trabajar.
Si desea realizar un programa de formación profesional en la empresa (formación dual), debe solicitar individualmente un permiso de trabajo para el puesto de formación específico. La formación profesional en la escuela no requiere autorización.
El permiso de trabajo se expide mientras dure la aprobación de la Agencia Federal de Empleo, como máximo hasta que expire el permiso de residencia.
Se aplican las siguientes restricciones:
- Por regla general, no se le permite trabajar mientras esté obligado a vivir en un centro de acogida inicial. Sólo podrá ser autorizado a trabajar si su procedimiento de asilo no ha concluido en un plazo de nueve meses.
- Si es usted solicitante de asilo procedente de un "país de origen seguro", es decir, de un Estado miembro de la Unión Europea, Albania, Bosnia y Herzegovina, Ghana, Kosovo, Montenegro, Macedonia del Norte, Senegal o Serbia, y ha presentado su solicitud de asilo después del 31 de agosto de 2015, no podrá recibir un permiso de trabajo durante el procedimiento de asilo.
Procedimiento
- Averigüe si su autoridad de extranjería le permite presentar la solicitud en línea o si dispone de un formulario de solicitud especial.
- Si la solicitud sólo puede presentarse en persona, envíe con antelación a la Oficina de Registro de Extranjeros el formulario "Declaración de empleo" cumplimentado por su empleador y concierte una cita en la Oficina de Registro de Extranjeros. Si presenta la solicitud por Internet, la Oficina de Registro de Extranjeros se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
- Durante la cita, se comprobará su identidad y sus documentos (traiga sus documentos a la cita, preferiblemente en original).
- Por regla general, la autoridad de extranjería solicitará la aprobación de la Agencia Federal de Empleo.
- Si se concede el permiso de trabajo, suele hacerse la anotación correspondiente en el permiso de residencia (en "disposiciones accesorias") o en una hoja adicional.
Oficina responsable
La autoridad de extranjería responsable del lugar de residencia del solicitante es la encargada de tramitar la solicitud.
Requisitos previos
- Está en posesión de un permiso de residencia válido.
- No está obligado a vivir en un centro de acogida y se le ha permitido permanecer en Alemania durante tres meses, o bien
- Está obligado a vivir en un centro de acogida, pero su procedimiento de asilo no ha concluido de forma definitiva en un plazo de nueve meses y no procede de un país de origen seguro, o bien
- Aunque procede de un país de origen seguro, presentó su solicitud de asilo antes del 31 de agosto de 2015.
- Un empleador le ha ofrecido un trabajo concreto y ha rellenado el formulario de "Declaración de empleo".
- Las condiciones en las que trabajará en el futuro son comparables a las de los trabajadores alemanes.
- Sus salarios corresponden a los de los empleados alemanes.
¿Qué documentos son necesarios?
- Permiso de residencia válido
- Documento de identidad (por ejemplo, pasaporte o sustituto del pasaporte), si dispone de él
- Formulario "Declaración de empleo" (a rellenar en su totalidad por el empleador)
- En casos concretos, la autoridad de inmigración puede exigir menos pruebas o más.
¿Qué tasas se cobran?
La expedición del permiso de trabajo es gratuita.
¿Qué plazos debo respetar?
Debe solicitar un permiso de trabajo antes de concluir un contrato laboral.
El permiso está limitado en el tiempo por la duración de la aprobación de la Agencia Federal de Empleo, como máximo hasta que expire el permiso de residencia.
Tiempo de procesamiento
La Oficina de Registro de Extranjeros debe recibir la solicitud al menos entre 6 y 8 semanas antes del inicio del empleo previsto.
Base jurídica
Recurso legal
- Recurso contra la decisión de la autoridad de inmigración
- Acción ante el tribunal mencionado en la notificación de objeción si la objeción no es estimada.
Solicitudes / Formularios
Formularios disponibles: Sí
Forma escrita requerida: Sí
Posibilidad de solicitud informal: No
Se requiere comparecencia personal: Sí
Texto breve
- Permiso de trabajo expedido con un permiso de residencia
- Los solicitantes de asilo pueden ser autorizados a trabajar (incluida la formación profesional en la empresa, las prácticas) si se les ha permitido permanecer en Alemania durante tres meses, ya no están obligados a vivir en un centro de acogida y han encontrado un empleador.
- Los solicitantes de asilo obligados a vivir en un centro de acogida podrán trabajar si su procedimiento de asilo no ha concluido en un plazo de nueve meses
- La autoridad local de extranjería suele ser la Agencia Federal de Empleo
- El permiso de trabajo se anota en el permiso de residencia (no hay documento aparte)
- El permiso de trabajo se expide mientras dure la autorización de la Agencia Federal de Empleo, como máximo hasta que expire el permiso de residencia.
- No se ha recibido ningún permiso de trabajo:
- Solicitantes de asilo procedentes de países de origen seguros (Estados miembros de la Unión Europea, Albania, Bosnia y Herzegovina, Ghana, Kosovo, Montenegro, Macedonia del Norte, Senegal y Serbia) que hayan presentado una solicitud de asilo después del 31 de agosto de 2015, durante el procedimiento de asilo.
- Solicitantes de asilo cuyo procedimiento de asilo haya sido rechazado por ser manifiestamente infundado o inadmisible, a menos que el tribunal administrativo haya ordenado el efecto suspensivo de la acción.
- Los cursos escolares de formación profesional no requieren autorización
- Responsable: la autoridad de extranjería responsable del lugar de residencia del solicitante
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